
Procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad
La Ley de la Segunda Oportunidad puede constar de tres fases :
- Acuerdo extrajudicial.
- Concurso consecutivo
- Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).
Tras la publicación del nuevo texto refundido de 5 de mayo de 2020, ya no es requisito imprescindible intentar el acuerdo extrajudicial de pagos para obtener el BEPI. Por ello, nosotros prescindimos del intento de acuerdo extrajudicial que no se suele conseguir en el 95% de los casos, conlleva gastos de notario y mediador y retrasa la consecución del BEPI al menos un año.
En este caso es necesario contar con un abogado y un procurador.
El procedimiento es casi el mismo para particulares y autónomos, con alguna pequeña diferencia que luego veremos.
Desde septiembre de 2022, el procedimiento para la Ley de la Segunda Oportunidad ha experimentado importantes variaciones como consecuencia de la reforma de la Ley Concursal. Entre otros cambios significativos, se suprime el intento de Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP) y la fase de mediación concursal. Asimismo, ya no es obligatorio liquidar los bienes para obtener la exoneración de las deudas, lo que permite conservar la vivienda habitual. Gracias a todo ello, ahora el proceso es mucho más rápido y eficiente y da mayor cobertura al deudor. Más información sobre la Reforma de la Nueva Ley de la Segunda Oportunidad.
BENEFICIO DE LA EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO (BEPI)
Tras un procedimiento judicial en el que el juez nombra un administrador concursal que vigila e interviene en el procedimiento, una vez que comprueba que el deudor cumple todos los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad (es decir, sus deudas no superan los 5 millones de euros, no tiene patrimonio que liquidar y ha actuado de buena fe, entre otros), lo normal es que el juez acuerde la exoneración de los pagos pendientes.
Sin embargo, esto no quiere decir que la deuda se extinga (en todo o en parte) directamente. Se perdona provisionalmente hasta que se cumpla el plan de pagos de la deuda que el deudor se comprometa a pagar en 5 años. Esto le permitirá empezar de cero y pedir préstamos al desaparecer su nombre de los ficheros de morosos.
No obstante, los acreedores aún podrían solicitar la revocación del Beneficio de la Exoneración del Pasivo Insatisfecho si durante esos 5 años desde la concesión del BEPI provisional se detectan hechos como la existencia de ingresos o bienes que se han ocultado, el incumplimiento del plan de pagos o la mejora notable de la economía del deudor, que sí podría hacer frente a los pagos de la deuda.
Si transcurridos 5 años la situación del deudor sigue sin hacer posible el pago de las deudas pendientes, entonces sí quedarían canceladas definitivamente.
¿CUÁNTO TARDA EL PROCEDIMIENTO DE LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD?
Aunque está pensado para ser un proceso lo más ágil y rápido posible, la realidad es que no todos los casos son iguales.
La duración de la fase judicial va a depender en gran medida de circunstancias como la saturación del juzgado, la complejidad del caso o el número de bienes a liquidar del deudor.
En nuestro caso, y gracias a que prescindimos del intento de acuerdo extrajudicial con los acreedores, que fracasa en el 90% de los casos y demora casi 8 meses el inicio del procedimiento judicial, la media suele ser de un año, y en algunos casos incluso menos.
Mientras dura el procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad el deudor está protegido y no pueden seguir reclamándole sus deudas ni tampoco embargar sus bienes. Por esta razón, acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad supone un balón de oxígeno para el deudor mientras se resuelve su procedimiento.
Si eres un particular o autónomo, estás sobreendeudado y no sabes cómo salir de ese bache económico y del acoso de los acreedores, en Ley de 2ª Oportunidad podemos ayudarte a cancelar hasta el 100% de tus deudas. Y además no tendrás que pagarnos ninguna cuota de entrada.